La Secretaría General de Consumo está realizando inspecciones en el sector publicitario para comprobar las informaciones comerciales de folletos publicitarios y medios de comunicación, excluyéndose las difundidas a través de Internet, que son objeto de control en el marco de la campaña de inspección de comercio electrónico que anualmente realiza la Administración de Consumo. Durante la campaña, que se prolongará hasta el 31 de enero de 2015, está previsto realizar un total de 415 controles, según establece el plan anual de Consumo de la Junta de Andalucía.
El objetivo es proteger los derechos de las personas consumidoras derivados de informaciones comerciales y publicidad de bienes y servicios, conforme a la Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía, y la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal.
De los controles previstos, un total de 400 se distribuyen entre folletos publicitarios (30%), televisión (30%), prensa escrita (20%) y radio (20%). Los otros 15 controles se centran en el examen de la publicidad que ofrecen productos sanitarios, informándose a la Consejería competente en caso de detectarse irregularidades.
El Consejo Audiovisual de Andalucía colabora en esta campaña, conforme al convenio suscrito en febrero de este año,poniendo a disposición de los técnicos de la Junta grabaciones de diversos canales de televisión y de radio, para que sean visionados y analizados por la Inspección de Consumo en el curso de sus actuaciones para comprobar que la publicidad emitida en los mismos cumple la normativa vigente.
Respecto al contenido de las publicidades, en cada provincia se examinan diferentes sectores como ocio y espectáculos, transportes y viajes, restaurantes de comida rápida, textil, calzado, establecimientos de hogar, parafarmacias, herboristerías, perfumerías, centros de salud y estética y grandes superficies, entre otros. En todos ellos se comprueba si existen prácticas comerciales desleales, irregulares o ilícitas, así como la disponibilidad real y efectiva de existencias de lo ofertado y la indicación de los precios de los productos y servicios.
La Secretaría General de Consumo aconseja conservar folletos publicitarios y anuncios de prensa o cualquier otro medio que anuncie ofertas o promociones, puesto que son vinculantes y obligan al anunciante. Por ello, debe conservarse el ticket o factura, documentos que sirven de comprobante para acreditar la compra ante cualquier reclamación.
Asimismo, recomienda no comprar por impulso y no dejarse presionar por la publicidad agresiva, así como fijarse detenidamente en la letra pequeña.
Igualmente, se recuerda que los establecimientos deben disponer de hojas de quejas y reclamaciones a disposición de las personas consumidoras, para lo cual se exhibirá un cartel que informe claramente de su existencia
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